El fin de esta ayuda es la emancipación de los jóvenes con rentas bajas.
¿Quién se puede beneficiar del Bono Alquiler Joven?
- Las personas físicas mayores de edad y hasta 35 años de edad incluidos a la fecha de solicitud.
- Que cuenten con una fuente regular de ingresos iguales o inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
- Cuando en una misma vivienda convivan dos o más personas jóvenes, cada una de ellas podrá ser beneficiaria si cumplen los requisitos y siempre que no haya relación de parentesco en primer grado de consanguinidad
- Que sean titulares o vayan a firmar un contrato de arrendamiento de vivienda cuya renta sea igual o inferior a 600 euros mensuales en el caso de arrendamiento de vivienda o hasta 900 euros en algunos municipios.
- Que sean titulares o vayan a firmar un contrato de arrendamiento de habitación cuya renta sea igual o inferior a 300 euros mensuales en el caso de arrendamiento de habitación, y 450 euros en una serie de municipios.
- Que la vivienda que sea o vaya a ser su domicilio habitual y permanente.
- Tener nacionalidad española o residencia legal en España.
- No ser propietario o usufructuario de una vivienda en España. Existen algunas excepciones: no poder disponer de la vivienda por separación o divorcio o por cualquier causa ajena; Inaccesibilidad por discapacidad; partes alícuotas de herencias.
- Que no exista parentesco en primer o segundo grado entre el arrendador y arrendatario ni los convivientes.
¿Cuál es el importe de la ayuda?
250 euros mensuales para cada arrendatario solicitante de la ayuda, con el límite del importe mensual de la renta. Máximo 24 mensualidades.
No se incluirán en la misma los garajes, trasteros y anexos a la vivienda, ni los gastos de comunidad, suministros etc.
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